CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DE AMBITO ESTATAL PARA LAS EMPRESAS DE MEDIACIÓN EN SEGUROS PRIVADOS. CONDICIONES ECONÓMICAS PARA 1999.
ART. 1.- PARTES QUE LO SUSCRIBEN.

El presente Convenio lo suscriben, en representación de los trabajadores, las Organizaciones Sindicales CC.OO., FeS-UGT y FASGA-SPS, y en representación de los Empresarios la Asociación Nacional de Agentes y Corredores de Seguros Empresarios (ANACSE).

ART. 2.- AMBITO FUNCIONAL Y PERSONAL DE APLICACIÓN
1.-El presente Convenio Colectivo será de aplicación a las relaciones laborales entre los Empresarios Mediadores de Seguros Privados (Agentes o Corredores, y Sociedades de Agencia o Correduría), cualquiera que sea su denominación, y sus trabajadores; todos ellos definidos conforme a su legislación específica.

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Inscrita en el Registro de la D.G.A. con nº J-0101-GA, teniendo concertado seguro de R.C. y constituída garantía según art. 15 de la Ley 9/1992 de mediación de seguros privados - C.I.F. B99083453