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CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DE AMBITO ESTATAL PARA LAS
EMPRESAS DE MEDIACIÓN EN SEGUROS PRIVADOS. CONDICIONES ECONÓMICAS
PARA 1999.
ART. 1.- PARTES QUE LO SUSCRIBEN.
El presente Convenio lo suscriben, en representación de los trabajadores,
las Organizaciones Sindicales CC.OO., FeS-UGT y FASGA-SPS, y en representación
de los Empresarios la Asociación Nacional de Agentes y Corredores
de Seguros Empresarios (ANACSE).
ART. 2.- AMBITO FUNCIONAL Y PERSONAL DE APLICACIÓN
1.-El presente Convenio Colectivo será de aplicación a
las relaciones laborales entre los Empresarios Mediadores de Seguros
Privados (Agentes o Corredores, y Sociedades de Agencia o Correduría),
cualquiera que sea su denominación, y sus trabajadores; todos
ellos definidos conforme a su legislación específica.
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Inscrita en el Registro de la D.G.A. con nº J-0101-GA,
teniendo concertado seguro de R.C. y constituída garantía
según art. 15 de la Ley 9/1992 de mediación de seguros
privados - C.I.F. B99083453
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