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LEY 66/1997, DE 30 DE DICIEMBRE, DE MEDIDAS FISCALES, ADMINISTRATIVAS
Y DE ORDEN SOCIAL. El Gobierno remitirá a las Cortes Generales antes del 30 de
junio de 1998 las modificaciones legislativas precisas a fin de regular
el régimen fiscal transitorio de acomodación de los compromisos
por pensiones correspondientes a la cobertura de servicios pasados,
de conformidad con el informe que apruebe la Subcomisión Parlamentaria
para el Estudio de los Sistemas Privados de Previsión Social.
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