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REAL DECRETO 1042/1990, DE 27 DE JULIO, POR EL QUE SE MODIFICA EL REGLAMENTO DE ORDENACION DEL SEGURO PRIVADO, APROBADO POR REAL DECRETO 1348/1985, DE 1 DE AGOSTO, EN RELACION CON LAS PROVISIONES TECNICAS DE LAS ENTIDADES ASEGURADORAS Y SE DETERMINA SU TRATAMIENTO FISCAL A EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES. La renovación del marco legislativo iniciada por la Ley 33/1984, de 2 de agosto, de Ordenación del Seguro Privado, ha introducido sensibles modificaciones en los aspectos esenciales de la actividad aseguradora. entre ellos destaca por su importancia la nueva regulación de las provisiones técnicas que, obligatoriamente han de constituir las Sociedades de seguros y reaseguros, como reflejo contable de las obligaciones contraídas con sus asegurados. El concepto y métodos de cálculo de dichas provisiones fue establecido en el Reglamento de Ordenación del Seguro Privado, aprobado por Real Decreto 1348/1985, de 1 de agosto. La experiencia recogida por la aplicación en la práctica de dichos métodos y la propia evolución del funcionamiento de las entidades aseguradoras, hacen aconsejable completar la regulación anteriormente señalada. Descargando el fichero de Word obtendrá la ley completa.
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