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RESOLUCION DE 26 DE FEBRERO DE 1996, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE SEGUROS POR LA QUE SE PROCEDE A ADECUAR DETERMINADOS RAMOS DE SEGURO A LA CLASIFICACIÓN ESTABLECIDA POR LA LEY 30/1995, DE 8 DE NOVIEMBRE, DE ORDENACIÓN Y SUPERVISIÓN DE LOS SEGUROS PRIVADOS. La entrada en vigor de la Ley 30/1995 de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados ha supuesto la adaptación a nuestro derecho interno entre otras, de las denominadas Tercera Directivas circunstancia que determina la integración de la normativa reguladora de la actividad aseguradora en España en el marco jurídico del Espacio Económico Europeo. En cumplimiento de esa adaptación del derecho comunitario, la disposición adicional primera de la citada Ley 30/1995 establece una clasificación de los ramos de seguro en los que pueden ser autorizadas las Entidades aseguradoras para realizar su actividad, distinta de la existente hasta ese momento en nuestra legislación, autorizaciones que determinan la correspondiente inscripción en el Registro Administrativo de Entidades Aseguradoras, de carácter publico, que se lleva en la Dirección General de Seguros. Descargando el fichero de Word obtendrá la ley completa.
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Paseo Independencia 5, 3º Dcha. Tel. 976 21 22 24 (4 Lineas) Fax 976 23 54 66 50001 Zaragoza Inscrita en el Registro de la D.G.A. con nº J-0101-GA, teniendo concertado seguro de R.C. y constituída garantía según art. 15 de la Ley 9/1992 de mediación de seguros privados - C.I.F. B99083453 |