REAL DECRETO 1575/1989, DE 22 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL SEGURO OBLIGATORIO DE VIAJEROS

El Seguro Obligatorio de Viajeros, instituido por los Reales Decretos-leyes de 13 de octubre de 1928 y de 26 de julio de 1929, fue implantado en España como una medida más dentro de la política de desarrollo turístico.
A fines de los años sesenta se produce la primera modificación importante que incidió más en los aspectos formales que de fondo, pues trató de acomodar los procedimientos establecidos en la regulación anterior a las Leyes de Procedimiento Administrativo y de reforma del Sistema Tributario ,manteniendo la misma naturaleza del Seguro Obligatorio de Viajeros existente, de marcado carácter tutelar y con una muy pequeña franja a la libertad contractual.

No obstante, introdujo la novedad de hacer compatible el Seguro Obligatorio de Viajeros con cualquier otro que pudiera concertar el viajero, dejando, además, una vía libre a la exigencia por el perjudicado de la responsabilidad en que pudieran incurrir los conductores y Empresas transportistas en relación con el accidente.

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