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REAL DECRETO 63/1994, DE 21 DE ENERO, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL DEL CAZADOR, DE SUSCRIPCION OBLIGATORIA. La Ley 1/1970, de 4 de abril, de Caza, y su Reglamento,
aprobado por Decreto 506/1971, de 25 de marzo, establecen la obligación
de todo cazador de celebrar un contrato de seguro para cubrir la obligación
de indemnizar los daños causados a las personas con ocasión
del ejercicio de la caza.
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Paseo Independencia 5, 3º Dcha. Tel. 976 21 22 24 (4 Lineas) Fax 976 23 54 66 50001 Zaragoza Inscrita en el Registro de la D.G.A. con nº J-0101-GA, teniendo concertado seguro de R.C. y constituída garantía según art. 15 de la Ley 9/1992 de mediación de seguros privados - C.I.F. B99083453 |