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RESOLUCION DE 8 DE MARZO DE 1996, DE LA DIRECCION GENERAL DE SEGUROS, SOBRE SUMINISTRO DE INFORMACION POR LAS ENTIDADES ASEGURADORAS DE LOS VEHICULOS ASEGURADOS. La Directiva 90/232/CEE, de 14 de mayo de 1990, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre el seguro de responsabilidad civil derivada de la circulación de vehículos automóviles, estableció en su artículo 5 la obligatoriedad, para los Estados miembros, de arbitrar un sistema que permita garantizar, a las personas implicadas en un accidente de circulación, el conocimiento de la entidad aseguradora que cubre la responsabilidad civil derivada de la utilización de cada uno de los vehículos implicados en el accidente.
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