RESOLUCION DE 29 DE DICIEMBRE DE 1995 POR LA QUE SE PUBLICAN LAS CONDICIONES GENERALES DE LOS CONTRATOS DE SEGURO, RELATIVAS A LOS SEGUROS AGRÍCOLAS.

Sr. Presidente: La disposición adicional del Real Decreto 2.329/l979, de 14 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento para aplicación de la Ley 87/1978, de Seguros Agrarios Combinados, indica textualmente que <<Los Ministerios de Hacienda y de Agricultura, dentro de sus respectivas competencias, quedan facultados para dictarlas normas que requiera la interpretación y el desarrollo del presente Reglamento>>.

Para el mejor cumplimiento del mandato anterior, considerando lo indicado en la disposición derogatoria única de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, y por razones de interés público, se hace preciso dar a conocer las condiciones generales de los contratos de seguro relativas a los Seguros Agrícolas, por lo que esta Dirección General ha resuelto publicar las condiciones generales de los contratos de seguro relativas a los Seguros Agrícolas.

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