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FACTORIA
Fábrica de grandes dimensiones donde se desarrolla una actividad
industrial. Se suele aplicar, generalmente, a las fábricas de
vehículos y a las que desarrollan su actividad en los sectores
relacionados con el pescado y los materiales de construcción.
FACTORING
Expresión inglesa que designa el contrato mediante el que se
cede a un tercero los créditos profesionales para que sea éste
el que los cobre (al que se le denomina factor), a cambio de un porcentaje
del mismo, y garantizando al factor su pago si resultan incobrados.
FALLO
Pronunciamiento de una sentencia, en el que se contiene la parte dispositiva
de la misma, que puede ser estimatoria o desestimatoria, condenatoria
o absolutoria.
FALSEDAD
Acción y omisión del asegurado, o tomador al hacer una
declaración del riesgo o de un siniestro.
FALTA
Infracción penal de entidad menor. Según el artículo
10 del Código Penal, la acción y omisión dolosa
o imprudente penada por la Ley. Se distingue del delito por la gravedad
de la pena.
Su resolución se celebra en el Juicio de Faltas.
Delito.
Dolo.
Imprudencia.
FALTA DE PAGO DE LA PRIMA
Impago de la prima.
FECHA DE EFECTO
Momento en que la cobertura entra en vigor. Guarda relación,
con el pago de la primera prima o prima única, dado que si ésta
no se produce, no llega a entrar en vigor la cobertura.
FEDATARIO
Persona que otorga la fe pública, como corredores, notarios,
secretarios judiciales y cónsules.
FIANZA
Obligación contraida para asegurar los pagos de un tercero. Cuando
es judicial es la que grava la posible falta de pago a un tercero de
las indemnizaciones ha que hubiera lugar por responsabilidad civil.
También se establece cuando se solicita la ejecución provisional
de una sentencia que ha sido recurrida.
FINIQUITO
Documento que contiene el acuerdo llegado entre dos personas físicas
o jurídicas, que pone fin al conflicto existente entre ambas,
y que contiene los datos identificadores del mismo, relación
de cantidades a satisfacer u obligaciones a hacer o no hacer, y renuncia
de derechos y acciones.
FISCAL
Funcionario público que defiende los intereses generales en los
pleitos.
Parte del Derecho que versa sobre los impuestos.
FISCALIDAD DE LAS APORTACIONES
Ver REDUCCION FISCAL.
FISCALIDAD DE LAS PRESTACIONES
La tributación de las prestaciones difiere según su forma
de percepción:
- Si se percibe en forma de capital, su importe se considera
rendimiento íntegro de trabajo, y tributará al tipo marginal,
con una reducción del 40 % sobre el mismo si han transcurrido más de dos años desde la primera aportación.
- Si la prestación es como consecuencia de una
contingencia de invalidez, la reducción del 40 % se aplicará
aunque no hayan transcurrido más de dos años desde la
primera aportación.
- Si se percibe en forma de renta, se considerará
el importe anual de la prestación como renta de trabajo, sin
ningún tipo de reducción, y se aplicará por el
pagador la correspondiente retención a cuenta del IRPF.
- Si se percibe en forma mixta, es decir una parte como
capital y otra como renta, cada parte de prestación tendrá
el tratamiento correspondiente al capital o a la renta correspondiente.
FLETADOR, FLETANTE
Flete.
FLETAMENTO
Contrato por el que el fletante, que es el dueño de una nave,
la arrienda a otra persona (fletador) en parte o en su integridad, para
el transporte de personas o mercancías, sea por uno o más
viajes, o por un tiempo determinado.
FLETE
Precio fijado para el alquiler de una nave, o de parte de ella para
el transporte de mercancías o personas.
FLOTANTE
Seguro flotante.
F.O.B.
Incoterm. Free On Board (libre a bordo), cláusula mediante
la cual la responsabilidad del expedidor termina cuando la mercancía
está colocada en el medio de transporte.
F.O.B.
Término del transporte. Incoterm que significa " Free On
Board", libre a bordo, cláusula mediante la cual la responsabilidad
del expedidor termina cuando la mercancía está colocada
en el medio de transporte.
FONDO DE GARANTÍA
Reserva constituida en las empresas para responder del capital aportado
por los accionistas o socios.
En el ámbito asegurador, el artículo 18 de la Ley de Ordenación
y Supervisión de los Seguros Privados, lo define, para las Entidades
aseguradoras, por referencia al margen de solvencia, fijándolo
en la tercera parte de la cuantía mínima de éste,
siempre que no sea inferior a 799995,19 € para las Entidades que
operen en el ramo de vida o sean exclusivamente reaseguradoras; 400000
€ para las que lo hagan en cualquiera de los ramos que cubran el
riesgo de responsabilidad civil, y los de caución y crédito
(en este último caso, el fondo de garantía, puede alcanzar
las 1400000 €); y 300000,00 € para las restantes, salvo los
ramos de "otros daños en los bienes", "defensa
jurídica" y "decesos", que será de 200000,00
€.
En el caso de mutuas con régimen de derrama pasiva y cooperativas,
el importe mínimo del fondo de garantía mínimo
será de tres cuartas partes del indicado, estando exentas del
mismo las primeras cuya recaudación anual sea inferior a 300506,05
€, si operan en los ramos de vida, responsabilidad civil, crédito
o caución y de 751.265,13 € si lo hacen en los demas
ramos.
Margen de solvencia.
FONDO DE INVERSION
Entidad jurídica cuyo fin es la adquisición de bienes
mobiliarios o inmobiliarios, y que está participado por personas
físicas o jurídicas, a los que se les entregan participaciones,
que es su acreditación de tener un fragmento del mismo.
FONDO DE JUBILACIÓN
Fondo cuyo fin es asegurar la política de jubilaciones y retiros
del personal laboral de una empresa o sociedad.
FONDO DE PENSIONES
Patrimonio creado con el único objeto de instrumentar uno o varios
planes de pensiones. Carece de personalidad jurídica. Está
integrado por las aportaciones de los partícipes y los rendimientos
generados por la inversión de las mismas.
FONDO MUTUAL
Denominación del capital social en las entidades aseguradoras
cuya forma jurídica es la de mutua.
Capital social.
FORENSE
Funcionario adscrito a los juzgados, especialista en medicina legal,
y que emite los dictámenes médicos a petición de
los jueces o partes en los distintos procedimientos judiciales.
FORMALIZACION (DE LA POLIZA)
Serie de acontecimientos que originan el nacimiento de la cobertura
(firma del condicionado general y particular, pago de la prima). A pesar
de lo antes dicho, parte de la doctrina mantiene que es un contrato
consensual, y que se perfecciona por el acuerdo de las voluntades, aunque
la prueba de su existencia sin la formalización, es prácticamente,
imposible.
FORTUITO
Caso fortuito.
FRACCIONAMIENTO DE PRIMA
Forma de pago de la prima consistente en abonarla en varios plazos.
Es una facultad que conceden las aseguradoras para facilitar el abono
de las primas. Normalmente, implica un pequeño aumento.
FRANQUICIA
Determinación de una cantidad que será a costa del asegurado
en el caso de producirse un siniestro de daños propios, y que
supone una disminución del importe de la prima.
Puede consistir bien en una cantidad fija (como deducible de cualquier
siniestro o como límite a partir del cual la Entidad aseguradora
satisface el importe del mismo), bien en un porcentaje del importe del
siniestro.
FRAUDE
Acción dolosa por la que se intenta engañar a una aseguradora,
haciendo creer la existencia de un siniestro, que no ha ocurrido, o
cuya ocurrencia es debida a causas distintas a las declaradas, intentando
lograr un beneficio económico.
FRECUENCIA DE SINIESTRALIDAD
Indice de Frecuencia.
FRONTING
Sistema de aseguramiento por el que la entidad aseguradora que contrata
una póliza tranfiere el riesgo íntegramente, o en su mayor
parte a otras aseguradoras o reaseguradoras.
Por extensión, la propia Entidad cedente.
FUEGO
Acción física que se origina por la combustión
de materiales inflamables, que produce luz y calor.
FUERZA MAYOR
Hecho que imposibilita el cumplimiento de una obligación, independiente
de la voluntad de la persona, no previsible o que, siéndolo,
no es evitable. Generalmente las consecuencias económicas de
estos acontecimientos no son indemnizables por no estar cubiertos por
las garantías de la póliza.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Parte de las sentencias en las que el órgano judicial refleja
las consideraciones legales y normativas en las que fundamenta su decisión.
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